Matrimonio y adopción por parejas del mismo sexo en México
El contenido primordial de esta tesis, consiste en dar un enfoque diferente al surgimiento del matrimonio entre personas del mismo sexo y su posibilidad de adoptar en la capital de México. Empezamos por sostener que el matrimonio es una institución que inevitablemente ha evolucionado a través del tiempo en el hemisferio occidental, de suerte que ha devenido en una figura jurídica y social, actualmente muy alejada de la concepción inicialmente tradicional que formaban un hombre y una mujer con fines de procreación.
La opción probada de procrear sin sexualidad y del intercambio sexual sin procreación, aunado a las transformaciones en materia de equidad de género (donde la situación de las mujeres ha ocupado un lugar primordial en la historia del matrimonio) además de los avances de los derechos fundamentales y en suma, de las mutaciones sociales propias de la historia universal, acusan el carácter no natural y por ende, cultural del matrimonio.
México es un Estado laico desde el siglo XIX y es imperativo salvaguardar esa tradición que no ha sido del todo respetada desde entonces. Esto es crucial porque la influencia de las creencias religiosas en el país han sido clave para oponerse al matrimonio homosexual y la adopción, sin soslayar otros prejuicios de índole ideológico que carecen de fundamentos jurídicos para atacarlo.
Luego de las reformas enunciadas, se analiza exhaustivamente la acción de inconstitucionalidad presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación y se analizan sus debates y conclusiones. Consideramos que este apartado resulta de extremo interés académico y jurídico. Al hablar de España como un referente casi obligado para nuestra cultura, se dedican varios apartados a las uniones de hecho como antecedente del matrimonio y la adopción, porque concluimos que en estos casos no se privilegia la igualdad ante la ley cuando se pretende adoptar, pues no todas las parejas del mismo sexo pueden hacerlo (si no están casadas) dada la heterogeneidad de legislaciones autonómicas que lo impiden. En el mismo contexto, se alude a estudios sobre familias homoparentales y a a los instrumentos internacionales que apoyaron el matrimonio español.
En cuanto a la adopción en México, se refiere su estatus antes y después de recientes cambios en la ley, y se da cuenta de la situación de abandono de miles de niños que podrían ser adoptados por parejas del mismo o distinto sexo.
La ciencia jurídica ha recogido estos cambios especialmente en las sociedades con vocación democrática que demandan la inclusión de todos los sujetos independientemente de sus diferencias, en un Estado de Derecho. Así, el matrimonio es un contrato o acto jurídico que abarca en forma general el régimen económico de los cónyuges, la sucesión, los derechos y obligaciones entre ellos y hacia sus hijos biológicos o adoptivos e inclusive la disolución. Se trata de un acuerdo de voluntades donde la orientación sexual de sus integrantes no es un impedimento para su celebración, ni altera su esencia.
Finalmente, se sustenta la constitucionalidad de las modificaciones en México en las Garantías Institucionales, que no han sido ampliamente desarrolladas, por lo que se sugiere ahondar en su análisis para diferenciarlas de los derechos humanos que son inherentes a las personas, pero no a las instituciones, si bien constituyen un concepto en extremo complejo que llega a confundirse y en ocasiones a incluir a los propios derechos fundamentales.
Referencias
La tesis doctoral de Beatriz Saucedo Galván titulada "Matrimonio y adopción por parejas del mismo sexo. - El Caso del D. F. México", fue leída en el ode Ciencia Política y de Derecho Público de la UAB.