"No ha sido fácil llegar a una legislación conjunta en la UE"
¿Cómo se garantiza el bienestar animal desde la Unión Europea?
En general la legislación europea introduce estándares mínimos para armonizar el mercado único. Estos estándares son fijados, sobre bases científicas, por la Autoridad Europea para la Seguridad Alimentaria (EFSA: European Food Security Authority). Aunque faltan instrumentos supranacionales de aplicación, ya que los estados miembros son los responsables, existe una auditoría que controla y garantiza la uniformidad del cumplimiento en toda la Unión.
¿Qué aspectos cubre la legislación?
La legislación cubre a los animales de producción, para responder a las exigencias de la PAC (Política Agrícola Común), y los animales utilizados para la experimentación. Es una incógnita lo que cubrirá en el futuro, ya que la sociedad europea pide proteger más algunas especies, como los gatos y los perros en particular, pero la Unión Europea no reacciona en el mismo sentido. Éstas no son temáticas relativas a la armonización del mercado único, no son temáticas de carácter económico. Lo único que hemos podido poner en acción, por ahora, es un estudio sobre el impacto de las prácticas comerciales con perros y gatos.
¿Desde cuándo hay una legislación sobre bienestar animal común en la UE?
Hoy celebramos los 40 años de bienestar animal en la UE. Se trata del cuadragésimo aniversario desde la primera directiva sobre bienestar animal, que se remonta a 1974 cuando Gran Bretaña entró a formar parte de la Comunidad Económica Europea (CEE) y se llevó a cabo esta legislación pionera sobre el sacrificio de animales. Han sido 40 años de duro trabajo y un hito fue, seguramente, la definición de “sufrimiento innecesario”. Es paradójico que ahora que celebramos esta meta, Gran Bretaña quiera salir de la Unión.
¿Ha sido complicado llegar a esta legislación conjunta? ¿Cuáles han sido los principales escollos?
En el territorio de la UE tenemos que confrontarnos con realidades culturales y económicas muy diferentes: hay países que aceptan las corridas, donde se come el foie gras, o donde los conejos son solo animales de compañía. Claro que no fue fácil llegar a esta legislación conjunta de aceptación de estas diversidades, pero por medio de una definición de competencias especificas otorgadas a los estados miembros, la UE ha podido salvarlas. Un escollo ha sido seguramente la concepción diferente de la cultura del bienestar animal en los países europeos. Por ejemplo, en los países nórdicos la temática del bienestar está ya muy bien consolidada y aplicada, mientras que en los países del sur, como Italia o España, de esta temática se habla desde hace muy poco tiempo.
¿Qué posición tiene la UE respecto a los espectáculos taurinos?
En este sentido hay un concepto de base: el principio fundamental del artículo 13 del Tratado de Lisboa, que representa un gran éxito. Se trata, sin embargo, solamente de un principio inspirador y no de una base jurídica; puede inspirar la acción de los estados miembros desde el punto de vista político y jurídico. En general la UE no puede condenar estas prácticas y sus impactos sobre el desarrollo de políticas de bienestar. Si se aceptan determinadas diferencias culturales con respecto al bienestar animal es porque hay un principio que lo permite.
¿Qué posición tiene la UE respecto al proceso de alimentación forzada para la producción de foie gras?
Aquí la cuestión es diferente. En este caso la UE tiene una competencia específica dado que el foie gras representa una tradición en el sector de la producción agrícola. En el 1999, sobre este tema, el legislador de la UE recogió una recomendación del Consejo de Europa, elaborada por un comité científico y técnico, que estableció que la producción de foie gras podía proseguir en el territorio de la UE si no se utilizaban métodos crueles, como el uso de jaulas individuales. La conclusión fue por tanto que los métodos tradicionales, y no los más industriales, son mejores y son aceptados por la UE. La Unión Europea interviene en este caso solo porque tiene una competencia específica, a diferencia de lo que ocurre con los espectáculos taurinos.
¿Qué diferencias hay en la legislación europea respecto a otras, como la de los EE.UU?
La legislación de la Unión Europea es la más avanzada que tenemos disponible. Es una legislación que, sobre algunos aspectos, no es comparable con otras, porque hay bastante poco fuera de la europea.
¿Qué acciones tienen previstas en el futuro para mejorar el bienestar animal?
Los objetivos para el futuro son principalmente cuatro. En primer lugar, mejorar el cumplimiento de las normativas. En segundo lugar, desarrollar cooperaciones internacionales. En tercer lugar, continuar informando y educando. Y, por último, integrar mayormente el bienestar animal en otras políticas europeas, como por ejemplo reforzando el concepto de “duty of care” (el deber de su protección). Una de las deficiencias más grandes que existen hoy en día es la falta de una normativa sobre la trazabilidad de la tipología de cría de cerdos, de forma similar a los códigos que se utilizan para los huevos. Esto será, seguramente, uno de los próximos desafíos.
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B.11870-2012 ISSN: 2014-6388